1a Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH)

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Se trata de un contrato para la Extracción de hidrocarburos en la modalidad de Licencia, con una superficie total de 41.46 km2. Es un Área Contractual terrestre, localizada en el municipio de Moloacán, Veracruz. Su yacimiento productor es aceite negro de densidad 30° API en la edad Mioceno – Formación Encanto. En su segunda etapa (2019-2022), perforó los pozos Cuichapa 601, 602 y 603 con objetivo en las arenas de la zona Oriente. Actualmente está en su tercera etapa (2022-2023) en paro de operaciones y cierre del campo por problemas operativos y de logística.

La modificación al Plan de Desarrollo considera una actualización a la estrategia de extracción, de acuerdo con los resultados obtenidos de los pozos perforados en la zona Oriente del Campo.

La modificación al Plan de Desarrollo para la Extracción (PDE) plantea objetivos y actividades al límite económico del Contrato, del 2024 al 2041. Se propone recuperar un volumen 22.32 MMb de aceite y 42.37 MMMpc de gas, alcanzando una producción máxima de 7.72 Mbd de aceite y 14.09 MMpcd de gas en el año 2029. El costo total del proyecto se estima en 309.63 MM US$, considerando 58.36 MM US$ para Inversión y 251.27 MM US$ para Gasto de Operación. Lo anterior, llevando a cabo las siguientes actividades: 16 Perforaciones y sus respectivas Terminaciones, 76 Reparaciones Mayores (RMA), la construcción de cuatro Ductos y una instalación.

Derivado del análisis realizado por la Comisión, el Órgano de Gobierno aprobó la el PDE, mismo que estará vigente a partir de su aprobación y hasta que concluya la vigencia o se apruebe una modificación.

Modificación al Programa de Transición relacionado con el Campo Pokche, asociado a la Asignación AE-0151-M-UCHUKIL, presentado por PEP.

El Campo Pokche, de Exploración y Extracción de hidrocarburos, asociado a la Asignación AE-0151-M-UCHUKIL, se localiza a 28 km de la Terminal Marítima Dos Bocas, en Aguas territoriales del Golfo de México, con una superficie de 33.17 km2, y cuenta con dos yacimientos: uno de edad del Jurásico Superior Kimmeridgiano (JSK) y el otro del Cretácico, descubiertos por los pozos exploratorios Pokche-1 y Chejekbal-1EXP. El Campo es productor de aceite de 42 °API.

La solicitud de modificación al Programa de Transición consiste en la ampliación de la vigencia para continuar con el último periodo de producción temprana de hidrocarburos de los Pozos Chejekbal-1EXP, Pokche-2DES, Pokche-12DES, Pokche- 15DES y Pokche-22DES en el yacimiento Cretácico y JSK, previo a la presentación del Plan de Desarrollo para la Extracción.

La ampliación de la vigencia del Programa de Transición solicitada es por un año, cuyo alcance plantea recuperar, en ese lapso, un volumen de 8.53 MMb de aceite y 15.35 MMMpc de gas, mediante actividades de toma de información: presión de yacimiento, muestras de agua, comportamiento de la producción. Lo anterior prevé un costo total del proyecto de 30.33 MM US$.

Del análisis efectuado por la Comisión, el Órgano de Gobierno aprobó la modificación al Programa de Transición del Campo Pokche, asociado a la Asignación AE-0151-M- Uchukil, toda vez que se consideró que es técnicamente viable la modificación al Programa para alcanzar una producción máxima de 29 Mbd de aceite y 52 MMpcd de gas y obtener un volumen acumulado de 8.53 MMb de aceite y 15.35 MMMpc de gas, durante su vigencia del Programa de Transición.

A solicitud de la SENER, la CNH emitió Opinión Técnica respecto de la modificación del del Anexo 2, “Compromiso Mínimo de Trabajo” (CMT), de los cinco Títulos de Asignación. Asimismo, informar si dichas modificaciones impactan en los Planes de Exploración de los Títulos en cuestión.

Con base en la propuesta de la SENER, en el sentido de disminuir el CMT en el Periodo Inicial de Exploración para las cinco Asignaciones, el análisis realizado por la CNH concluyó lo siguiente:

  • Disminuir el CMT no es consistente con las consideraciones que motivaron el otorgamiento de las Asignaciones, para la reposición de reservas en el corto plazo y en las metas del Plan de Negocios de Pemex.
  • Realizar únicamente estudios exploratorios no promueve el avance en la cadena de valor del proceso exploratorio, se dejaría de perforar al menos 5 prospectos exploratorios, con lo cual no se puede dar certeza de los recursos.
  • El Asignatario podría considerar realizar actividades bajo el esquema ARES con un costo mucho menor al del Pago por Derechos de Exploración.
  • La propuesta no se alinea a las bases a observar en los procesos administrativos a cargo de la Comisión establecidas en la LORCME.
  • Se advierte una incompatibilidad entre el CMT propuesto y las bases consideradas para la aprobación de los correspondientes Planes de Exploración vigente de las Asignaciones.
  • En caso de que la SENER modifique el CMT conforme a su propuesta, las Asignaciones AE-0178-CASTAÑA, AE-0179-MAGUEY, AE-0181-KUKNI y AE-0183-FURBERO no requieren modificación a su Plan de Exploración. La AE-0180-LIMONARIA deberá de modificar su Plan de Exploración ya que no considera las suficientes actividades para dar cumplimiento a la propuesta de CMT de la Secretaría.

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