29ª Sesión Extraordinaria del Órgano de Gobierno Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH)
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El Órgano de Gobierno de la CNH autorizó los siguientes asuntos:
1 Primer Periodo Adicional de Exploración, presentado por Pemex Exploración y Producción (PEP), respecto al Contrato CNH-R03-L01-AS-CS-13/2018.
Se trata de un Contrato en la modalidad de Producción Compartida, operado por PEP. El Área Contractual se ubica en aguas someras, frente a la costa de Veracruz y Tabasco, con una superficie aproximada de 470.57 km².
El objetivo de la solicitud es continuar evaluando el potencial petrolero del área, que contempla incluir la perforación de cinco pozos en el Periodo Adicional de Exploración.
En relación con la solicitud la CNH llevó a cabo el análisis de procedencia de la misma, y concluyó que el Operador perolero cubre los requisitos previstos para un Primer Periodo Adicional de Exploración (PPAE), conforme a la Cláusula 4.3 del Contrato, consistente en: haber presentado en tiempo y forma la solicitud, cumplir con el incremento al Programa Mínimo de Trabajo (PMT), y el compromiso pendiente de acreditar 48,130 UT Unidades de Trabajo(UT), así como la manifestación de que se encuentra al corriente con todas las obligaciones del Contrato. Asimismo, por haber cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 41 de los Lineamientos que regulan los Planes de Exploración y de Desarrollo, referentes a modificación al Plan de Exploración.
Derivado de dicho análisis, el Órgano de Gobierno aprobó el Primer Periodo Adicional de Exploración (PPAE) hasta por dos años, contados a partir de la conclusión del Periodo Inicial de Exploración (PIE), que termina el 16 de diciembre de 2023, por lo que el Operador podrá continuar con la ejecución de las Actividades Petroleras.
2 Acuerdo por el que se modifican, adicionan y derogan, diversas disposiciones del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos.
El Órgano de Gobierno de la CNH aprobó el Acuerdo mediante el cual se modifican, adicionan y derogan, diversas disposiciones del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, para optimizar y reasignar diversas facultades, atribuciones y funciones.
Lo anterior, con objeto de homologar y atender diversas necesidades operativas, así como llevar a cabo una mejor identificación de las funciones de cada Unidad Administrativa conforme a la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCME) y permitir un mejor desempeño en la atención y desahogo de los asuntos competencia de la Comisión.
Los principales cambios al Reglamento Interno son los siguientes:
- Contenido Nacional. Se crea la Dirección General de Supervisión de Campo y Contenido Nacional, en la cual se mantienen las actividades de inspección y se fortalecen las funciones de seguimiento sobre la ejecución de las actividades contenidas en los programas correspondientes.
- Atribuciones de los Titulares de Unidad. Se especifican las atribuciones de los Titulares de Unidad, atendiendo las observaciones de la Secretaría de la Función Pública.
- Estrategia Institucional. Se formaliza el Sistema de Planeación Institucional, que contempla la participación del Órgano de Gobierno, el Comisionado Presidente, los Titulares de Unidad y las Direcciones Generales. Asimismo, se crea la Dirección General de Gestión Institucional encargada de administrar y organizar el funcionamiento de los asuntos ingresados a la Comisión.
- Sistema de Quejas y denuncias. Se crea el sistema de recepción de denuncias y quejas anónimas conforme al artículo 37 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.
- Adecuación conforme al Marco Normativo. De conformidad con la LORCME, la Ley de Infraestructura de la Calidad, las Reglas de Operación del Consejo Consultivo y del Comité de Normalización de la Comisión y el Acuerdo por el que se establece el Sistema de Planeación Institucional, se modifican las facultades de: Comisionado Presidente, Comisionados, Titulares de Unidad y Direcciones Generales.
Una vez aprobado este Acuerdo, el siguiente paso es su envío al Diario Oficial de la Federación para su publicación.