Publica Conuee NOM de eficiencia energética para motores eléctricos de baja potencia

Comparte en Facebook Comparte en Twitter Comparte en Linkedin

El pasado 21 de julio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Norma Oficial Mexicana NOM-033-ENER-2019, sobre eficiencia energética de motores de corriente alterna, enfriados con aire, en potencia nominal mayor o igual que 1 W y menor que 180 W. Límites, método de prueba y marcado.

Esta norma, cuya elaboración fue a solicitud de la industria de la refrigeración, es la primera regulación obligatoria de su tipo a nivel mundial y fue preparada por el Comité Consultivo Nacional para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, en colaboración con diversas asociaciones y fabricantes.

La nueva NOM tiene como objeto establecer los valores mínimos de eficiencia energética, el método de prueba, el marcado y el procedimiento para evaluar la conformidad de los motores eléctricos de corriente alterna enfriados con aire, en tensión eléctrica nominal de hasta 240 V, con potencia nominal, mayor o igual que 1 W y menor que 180 W; de 2, 4 y 6 polos, de inducción tipo jaula de ardilla; así como los electrónicamente conmutados, que se importen, fabriquen o comercialicen, dentro del territorio de nuestro país.

El uso de este tipo de motores se ha incrementado fuertemente en los últimos años, principalmente en la industria de la refrigeración, siendo utilizado en sus evaporadores, ventiladores y extractores, además de otros aparatos, como pueden ser los electrodomésticos o herramientas eléctricas; por ello, se consideró necesario elaborar una NOM-ENER que establezca la eficiencia energética mínima que deben tener estos equipos, con lo que se podrá disminuir el consumo de energía por tal concepto, contribuir a la preservación de los recursos naturales no renovables e incrementar el uso de equipos cada vez más eficientes.

Con esta norma se regula, además de las tecnologías tradicionales, la del motor eléctrico del tipo electrónicamente conmutado (Motor EC), el cual permite una reducción de hasta dos tercios en el consumo de electricidad, cuando es comparado con los motores de inducción que son ampliamente utilizados en México (polo sombreado y capacitor permanente).

Cabe destacar que, entre otros beneficios, esta tecnología: a) genera menos calor, lo cual ayuda a reducir la cantidad de pérdidas por calentamiento residual en el equipo que se instala, y disiparlo del sistema de refrigeración, minimizando el uso del compresor, y b) reduce el costos por consumo de energía eléctrica para los propietarios de tiendas de conveniencia.

Con el desarrollo de esta regulación técnica se pretende brindar al usuario final, certeza sobre la eficiencia que ofrecen los motores de baja capacidad considerados en su campo de aplicación, proporcionando un ahorro de energía para el usuario final y la información técnica necesaria.

La NOM-033-ENER-2019, entrará en vigor el próximo 18 de noviembre del año en curso y a partir de esa fecha todos los productos considerados en su campo de aplicación deberán de cumplirla.

Últimas noticias

Aggreko prueba un generador de hidrógeno y una batería de celda híbrida

Latinos presentes en el Foro Internacional de UNITI expo 2024 

cambio climático

La energía geotérmica: Una alternativa innovadora en la lucha contra el cambio climático

Future Energy Summit fue todo un éxito, grandes conferencias se vivieron