Semarnat aprueba parque fotovoltaico Duna Solar de 308.75 MW en Chihuahua

La Secretaría de Medio Ambiente autorizó el parque solar Duna Solar en Chihuahua, que contará con 308.75 MW y operará bajo estrictas condiciones ambientales y sociales.

Hace 14 minutos
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Extensive solar panel fields spanning a desert landscape with distant rocky hills in the background
Detalles técnicos del parque solar Duna Solar
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Semarnat ha autorizado la construcción y operación del Parque Fotovoltaico Duna Solar en Juárez, Chihuahua, con una capacidad máxima de 308.75 MW. Este proyecto representa un avance importante en la generación de energía renovable en la región.

Detalles técnicos del parque fotovoltaico

El parque contará con una potencia instalada máxima de 308.75 MW, equivalente a 288.68 MW en corriente alterna a la salida de los inversores, aunque su capacidad se limitará a 250 MW en el punto de interconexión. La instalación incluirá 834,460 módulos fotovoltaicos de 370 Wp, principalmente policristalinos Longi Solar LR6-72BP de 72 células, o equipos similares en calidad y características.

Para optimizar la captación solar, los paneles estarán montados en estructuras con seguimiento a un eje horizontal. La conversión de energía se realizará mediante 81 inversores Power Electronics HEMK FS3300K o equivalentes, elevando la tensión a 34.5 kV en los centros de transformación antes de llegar a la subestación elevadora.

Conexión y evacuación de energía

La energía generada se evacuará a través de una subestación elevadora que aumentará la tensión a 230 kV. Posteriormente, se conectará a la Red Nacional de Transmisión mediante una línea de alta tensión hacia la subestación Samalayuca Sur, operada por la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Sin embargo, esta línea no forma parte del permiso ambiental actual y requerirá una evaluación ambiental independiente o modificación del proyecto tras definir su trazado por el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace).

Superficie y características del terreno

El proyecto ocupará 1,076.70 hectáreas arrendadas, de las cuales 912.738 hectáreas se destinarán a las obras. El área de paneles solares cubrirá 885.85 hectáreas, mientras que la subestación, centro de control y cabina de inversores ocuparán 1.557 hectáreas.

El terreno presenta una vegetación forestal en 911.592 hectáreas, equivalente al 99.66% del área. La vegetación se compone principalmente de desiertos arenosos (760.09 hectáreas), matorral desértico micrófilo (99.520 hectáreas) y vegetación halófila (51.363 hectáreas).

Plazos y condiciones para la construcción y operación

Semarnat estableció un plazo de 17 meses para la preparación y construcción del parque, contado a partir del día siguiente a la recepción del resolutivo ambiental. La operación, mantenimiento y abandono tendrán una vigencia de 25 años, que iniciará una vez concluida la construcción y confirmada la puesta en marcha de la central.

Entre las condiciones impuestas, FRV Duna Solar debe presentar un Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) en un plazo máximo de seis meses. Este programa incluirá medidas de prevención, mitigación y compensación ambiental, así como programas específicos de seguimiento. Los resultados deberán reportarse anualmente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en Chihuahua y a la DGIRA.

Obligaciones adicionales y aspectos sociales

La empresa también debe entregar un estudio técnico-económico en tres meses para definir una garantía financiera que asegure el cumplimiento de las obligaciones ambientales. Además, deberá implementar un programa para el manejo y disposición de los módulos fotovoltaicos y evaluar la actualización tecnológica de los paneles antes de iniciar la construcción.

En cuanto al impacto social, aunque no se identificaron comunidades indígenas en el área directa de obra, el municipio de Juárez sí cuenta con población indígena. Por ello, Semarnat condiciona el inicio de obras a que FRV presente ante la DGIRA el documento que determine la Secretaría de Energía para acreditar el cumplimiento de las disposiciones sobre Manifestación de Impacto Social del Sector Energético, conforme a la Ley del Sector Eléctrico vigente.

-LESLYJ

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