La Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó en el Diario Oficial de la Federación la eliminación del esquema de precios máximos para la venta de gas LP en bodegas de expendio y estaciones de servicio, medida que pone fin a una regulación vigente desde hace casi cuatro años.
El decreto, firmado por Juan Carlos Solís Ávila, director general de la CNE, deja sin efectos el acuerdo A/023/2022, emitido originalmente por la ahora extinta Comisión Reguladora de Energía (CRE). La resolución da cumplimiento a diversas sentencias del Poder Judicial de la Nación que otorgaron amparos a empresas del sector, y busca corregir distorsiones en el mercado de hidrocarburos.
La eliminación del tope de precios aplica únicamente a las actividades de comercialización y venta al público en tres modalidades: bodegas de expendio, estaciones de servicio con fin específico y estaciones multimodales. No obstante, la regulación se mantiene para el gas LP de uso doméstico, es decir, el que se distribuye a los hogares mediante cilindros o pipas para tanques estacionarios.
Los precios máximos al gas doméstico fueron establecidos en agosto de 2021, tras el alza en los costos de los hidrocarburos registrada al concluir el confinamiento por la pandemia de COVID-19. Aunque en su momento la medida fue planteada como temporal, permaneció vigente hasta ahora, con una liberación parcial que no modifica el esquema de protección para los consumidores finales.
Con esta decisión, la CNE consolida su papel como autoridad reguladora en materia energética, luego de la desaparición de la CRE y la creación de la nueva comisión en marzo de 2025. El ajuste marca un nuevo momento en la política de precios del gas LP, con impactos directos en el sector de comercialización, mientras se mantiene el control de precios para el consumo doméstico.