Nueva Elektra pagará 67 millones de pesos a Hacienda

Reafirmando que el SAT puede fiscalizar a cada empresa individualmente, aunque forme parte de un grupo empresarial.

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Salinas Pliego Foto: X

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió, con seis votos a favor, que la empresa Nueva Elektra del Milenio, S.A. de C.V., propiedad de Ricardo Salinas Pliego, deberá pagar 67 millones de pesos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por declarar una pérdida fiscal mayor a la realmente sufrida en el ejercicio fiscal del año 2012.

La decisión se tomó durante la sesión de este miércoles 19, en la que el proyecto del amparo en revisión el cual estaba a cargo de la ministra Lenia Batres, revocó el amparo previamente otorgado por el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en marzo de 2024, que negaba a la empresa de cumplir con este pago.

Durante la discusión, los ministros mencionaron en que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de fiscalizar a cualquier empresa de manera individual, sin importar que esta esté controlada por un grupo empresarial más amplio, como es el caso de Grupo Elektra.

“El hecho de que una empresa esté bajo un conglomerado no la exime de cumplir con sus obligaciones fiscales. La autoridad puede verificar de manera individual el cumplimiento de cada una de ellas”, destaca el ministro Giovanni Figueroa.

Por su parte, las ministras Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y el ministro Irving Espinosa votaron en contra, no por cuestionar el pago de impuestos, sino porque consideraron que la discusión tenía carácter legal y no constitucional, y que para resolver este tipo de conflictos ya existe jurisprudencia.

“A mi juicio, no subsiste una cuestión propiamente de constitucionalidad. No somos la autoridad que debe atender este asunto, porque se trata de un orden legal y no constitucional”, mencionó la ministra Ortiz, posición que coincidió con la ministra Esquivel y el ministro Espinosa, quien añadió que sus votos no buscan desconocer las facultades de la autoridad fiscal.

La ministra Estela Ríos enfatizó que la obligación de contribuir al gasto público es constitucional, conforme al artículo 31 de la Carta Magna, y recordó que todos los ciudadanos y empresas están obligados a cumplir con sus contribuciones.

Con esta resolución, la Suprema Corte refuerza el principio de que todas las empresas, sin importar su pertenencia a un grupo económico, están sujetas a la fiscalización individual del SAT, consolidando así el marco legal de la tributación corporativa en México.

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