La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) estableció una nueva obligación ambiental para las estaciones de servicio que expenden gasolinas y/o diésel al público, relacionada con el control y monitoreo de emisiones de contaminantes a la atmósfera. El plazo para dar cumplimiento a esta disposición vence el 10 de enero de 2026, luego de ser publicada en el Diario Oficial de la Federación en julio del año en curso, por lo que especialistas recomiendan a los regulados prepararse con anticipación para evitar contratiempos.
De acuerdo con la Dra. Alicia Zazueta Payán, CEO de eServices, esta obligación forma parte del fortalecimiento de la regulación ambiental en el sector de expendio de combustibles. “No se trata solo de cumplir un trámite administrativo; es una medida orientada a reducir los impactos ambientales asociados al almacenamiento y manejo de petrolíferos, y a reforzar la operación responsable de las estaciones de servicio”, mencionó.
¿En qué consiste la obligación?
El requerimiento corresponde al control y monitoreo de emisiones de contaminantes atmosféricos, en apego a la normatividad vigente y a las disposiciones emitidas por la ASEA. Aplica a todas las estaciones de servicio con fin específico para el expendio al público de gasolinas y diésel.
Documentación requerida
Los regulados deberán presentar ante la ASEA las pruebas de laboratorio de ensayo aprobado, conforme a la NOM-016-CRE-2016 “Especificaciones de Calidad de los Petrolíferos”, correspondientes al segundo semestre de 2025. El expediente debe integrar:
- Formulario : Formulario para la entrega de documentos.
- Escrito libre que acredite la personalidad del regulado, con domicilio para oír y recibir notificaciones, así como los datos generales y la descripción del cumplimiento de la obligación.
- Pruebas de laboratorio de ensayo del segundo semestre de 2025, debidamente identificadas con el número de tanque correspondiente.
La información puede presentarse por dos vías:
- Plataforma OPE-ASEA versión 2.0, para quienes ya cuenten con acceso, mediante el envío de documentos digitalizados.
- Ventanilla de la Oficialía de Partes de la ASEA, ubicada en la Ciudad de México.
En ambos casos, se recomienda verificar que los archivos sean legibles, vigentes y correspondan al regulado y a la dirección autorizada.
Recomendaciones finales
Para evitar requerimientos posteriores o posibles sanciones administrativas, los expertos sugieren:
- Confirmar que los documentos estén completos, actualizados y sean legibles.
- Verificar que los datos y anexos correspondan correctamente al regulado.
- No esperar al último momento y presentar la información antes del 10 de enero de 2026.
Cumplir con esta obligación, además de evitar sanciones, refuerza el compromiso ambiental del sector gasolinero con la reducción de emisiones y la mejora continua de sus operaciones.