El Gobierno ha establecido un marco normativo integral para descarbonizar el transporte hasta 2040, con metas claras para reducir emisiones y aumentar el uso de combustibles renovables.
Objetivos y obligaciones para proveedores de combustibles
El Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), fija una senda estable y previsible para la reducción de gases de efecto invernadero (GEI) en el sector transporte. Esta normativa establece objetivos anuales para proveedores de combustibles en carretera, navegación y ferrocarril no electrificado, además de incorporar la senda europea para la aviación.
El decreto promueve la electrificación mediante un sistema de e-credits, que contabiliza la energía renovable consumida por vehículos eléctricos y puede generar ingresos para operadores de puntos de recarga. También impulsa la producción de hidrógeno renovable y otros combustibles sostenibles, complementando las medidas de cambio modal y fomento del transporte público.
Metas específicas por modo de transporte
Para el transporte por carretera, se establecen reducciones de GEI del 17.6% para 2030 y del 30% para 2040, apoyadas por el uso de biodiésel y bioetanol regulados. Además, se fijan subobjetivos para biocarburantes avanzados, biogás, hidrógeno y combustibles no biológicos (RFNBO), que deben representar al menos el 8% del carburante en 2030 y el 22% en 2040.
En navegación, el enfoque se centra en el cabotaje, con una reducción de emisiones del 9% en 2030 y 33% en 2040, complementando el Reglamento REfuelEU. Para el ferrocarril no electrificado, la meta es un 10% menos de GEI en 2030 y un 50% en 2040. En aviación, se adoptan los objetivos del Reglamento ReFuelEU Aviation, con un 6% de combustibles sostenibles en 2030 y 34% en 2040, medidos en toneladas.
El decreto permite mecanismos flexibles para cumplir los objetivos, siempre que contribuyan a la descarbonización, como computar el RFNBO consumido en la industria para el transporte por carretera. El incumplimiento se considera infracción muy grave según la Ley de Hidrocarburos.
Roles y responsabilidades en el mercado
El marco regula tres tipos de agentes: los sujetos obligados, que son los proveedores de combustibles responsables de cumplir las metas; los sujetos habilitados, como productores de RFNBO y operadores de recarga, que pueden vender certificados de combustibles renovables; y los sujetos obligados a reportar información estadística, como administradores de infraestructuras ferroviarias.
Compromiso con la sostenibilidad y transparencia
La normativa refuerza la sostenibilidad de los combustibles renovables mediante controles y certificaciones ampliadas a todos los tipos, no solo bioetanol y biodiésel. Se crea un Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad que garantiza la trazabilidad desde el origen hasta el mercado, complementando los regímenes voluntarios de la Unión Europea.
Para reconocer los avances en descarbonización, se otorgarán anualmente sellos distintivos de «líder en transición energética» a los sujetos que certifiquen el mayor volumen de energía renovable en el transporte.